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Términos y Condiciones para Trabajadores
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📊 Ejemplo numérico
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA TRABAJADORES INDEPENDIENTES
ServiPlace — plataforma digital de servicios locales bajo pujas,
operada por PrimeWork Systems S.A.C.
en su calidad de mandataria sin representación
Versión 1.0 | Septiembre 2026
Los presentes Términos y Condiciones (en adelante, los "Términos") regulan la relación entre PrimeWork Systems S.A.C., titular y operadora de la plataforma digital ServiPlace, y el Trabajador Independiente que se afilia a ella para ofertar y prestar Servicios a los Consumidores a través del sistema de pujas, actuando LA PLATAFORMA como mandataria sin representación del Trabajador Independiente para el cobro del precio del Servicio.
Sección 1. Datos de la Plataforma y del Trabajador
1.1 Datos de la Plataforma
- Marca comercial: ServiPlace
- Razón social: PrimeWork Systems S.A.C.
- RUC: 20616550919
- Domicilio fiscal: URB. LOURDES MZ. E LT. 6, PIURA, PERU
- Representante legal: [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL]
1.2 Datos del Trabajador Independiente
Los datos completos del Trabajador Independiente (nombre, DNI, RUC si corresponde, domicilio, correo y celular) son los registrados en la solicitud de afiliación aceptada mediante el presente documento.
1.3 Declaración jurada del régimen tributario
EL TRABAJADOR INDEPENDIENTE declara bajo juramento, para efectos de la correcta emisión de comprobantes y aplicación de retenciones, encontrarse en la siguiente situación tributaria:
- Persona natural sin negocio, sin RUC: emite Recibo por Honorarios Electrónico.
- Persona natural con RUC en Nuevo RUS: emite Boleta de Venta Electrónica.
- Persona natural con negocio (RER, MYPE o General): emite Boleta o Factura Electrónica, según lo que requiera el Consumidor.
- Persona jurídica (RUC 20): emite Boleta o Factura Electrónica, según lo que requiera el Consumidor.
EL TRABAJADOR INDEPENDIENTE declara que la información consignada en la presente sección y en su perfil dentro de ServiPlace es veraz, exacta y se encuentra actualizada, asumiendo responsabilidad exclusiva por cualquier inexactitud, así como la obligación de comunicar a LA PLATAFORMA, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, cualquier variación en su situación tributaria.
Sección 2. Definiciones
- "Plataforma": PrimeWork Systems S.A.C., operadora del aplicativo ServiPlace.
- "Consumidor": persona natural o jurídica que solicita un Servicio a través de ServiPlace.
- "Trabajador Independiente": la persona natural o jurídica afiliada a ServiPlace que oferta y ejecuta Servicios de forma independiente.
- "Orden de Servicio": documento generado por cada trabajo específico aceptado por el Trabajador Independiente.
- "Valor Base del Servicio": monto acordado entre el Trabajador Independiente y el Consumidor por el Servicio, pujado y aceptado a través de ServiPlace.
- "Comisión": retribución neta que corresponde a LA PLATAFORMA por su intermediación tecnológica y por el mandato sin representación, equivalente al ocho por ciento (8%) del Valor Base del Servicio.
- "Comisión Bruta": la Comisión más el IGV que la grava, monto que LA PLATAFORMA retiene del cobro que efectúa por cuenta del Trabajador Independiente.
- "Monto Neto": el resultado de deducir la Comisión Bruta del Valor Base del Servicio, que LA PLATAFORMA transfiere al Trabajador Independiente.
- "Comprobante de Pago Válido": el comprobante electrónico emitido por el Trabajador Independiente directamente a favor del Consumidor por el Servicio.
- "Mandato sin Representación": el encargo que el Trabajador Independiente otorga a LA PLATAFORMA, conforme al artículo 1790 del Código Civil, para que esta cobre el precio del Servicio y retenga su Comisión.
Sección 3. Mandato sin Representación
3.1 El Trabajador Independiente otorga a LA PLATAFORMA un mandato sin representación, conforme al artículo 1790 del Código Civil, para que, actuando en nombre propio pero por cuenta y riesgo del Trabajador Independiente, realice las siguientes acciones:
- Cobrar del Consumidor el monto total del Servicio.
- Retener la Comisión Bruta de LA PLATAFORMA.
- Transferir el Monto Neto al Trabajador Independiente.
- Entregar al Trabajador Independiente un reporte de liquidación de la cobranza efectuada por su cuenta.
3.2 El mandato es gratuito para el Trabajador Independiente.
3.3 El mandato se otorga con carácter irrevocable mientras el Trabajador Independiente mantenga Órdenes de Servicio en curso o pagos pendientes de liquidación.
3.4 LA PLATAFORMA no actúa como representante del Trabajador Independiente frente al Consumidor.
Sección 4. Objeto
4.1 El Trabajador Independiente presta Servicios de forma independiente a favor del Consumidor, siendo LA PLATAFORMA un canal tecnológico de intermediación y mandataria de cobro.
4.2 El Trabajador Independiente es quien contrata directamente con el Consumidor la prestación del Servicio.
Sección 5. Naturaleza independiente de la relación
5.1 Los presentes Términos se rigen por las disposiciones del Código Civil peruano aplicables a la locación de servicios, y no generan relación laboral ni vínculo de subordinación.
5.2 El Trabajador Independiente presta los Servicios sin sujeción a horario, sin jornada de trabajo, y con libertad plena para aceptar o rechazar pujas.
5.3 No existe exclusividad.
5.4 El Trabajador Independiente utiliza sus propias herramientas, equipos e insumos.
Sección 6. Obligaciones del Trabajador Independiente
- Ejecutar los Servicios aceptados con la diligencia y calidad razonablemente exigibles.
- Mantener vigente su DNI y, cuando corresponda, su RUC ante SUNAT.
- Emitir, por cada Orden de Servicio ejecutada, el Comprobante de Pago Válido correspondiente a su régimen tributario, directamente a favor del Consumidor.
- Cumplir con las obligaciones derivadas del Sistema de Detracciones que le correspondan.
- Efectuar sus pagos a cuenta y demás obligaciones del Impuesto a la Renta que le correspondan.
- Abstenerse de causar daño al Consumidor, a terceros o a LA PLATAFORMA.
- Efectuar el cobro del Servicio únicamente por medio de la Plataforma.
Sección 7. Obligaciones de la Plataforma
- Poner a disposición del Trabajador Independiente el aplicativo ServiPlace.
- Cobrar del Consumidor, en nombre propio pero por cuenta y riesgo del Trabajador Independiente, el monto total del Servicio.
- Retener su Comisión Bruta y transferir el Monto Neto al Trabajador Independiente.
- Emitir al Trabajador Independiente la boleta de venta o factura electrónica que corresponda por su Comisión.
- Validar, mediante un OSE/PSE autorizado por SUNAT, los comprobantes que el Trabajador Independiente emita al Consumidor.
- Registrar contablemente los fondos cobrados por cuenta del Trabajador Independiente como fondos de terceros.
- Abstenerse de emitir comprobante de pago a nombre propio por el Servicio prestado por el Trabajador Independiente.
- Abstenerse de retener el Impuesto a la Renta de cuarta categoría del Trabajador Independiente.
Sección 8. Precio, comisión y forma de pago
8.1 El precio del Servicio es fijado libremente entre el Trabajador Independiente y el Consumidor a través del sistema de pujas, constituyendo el Valor Base del Servicio.
8.2 LA PLATAFORMA, en su calidad de mandataria sin representación, cobra del Consumidor el Valor Base del Servicio por cuenta del Trabajador Independiente.
8.3 LA PLATAFORMA retiene, del monto cobrado, su Comisión Bruta, equivalente a la Comisión del 8% del Valor Base más el IGV que grava dicha Comisión. Ejemplo, para un Valor Base de S/ 1,000.00:
| Concepto | Monto (S/) |
|---|---|
| Comisión neta de LA PLATAFORMA (8%) | 80.00 |
| IGV sobre la Comisión (18%) | 14.40 |
| Comisión Bruta retenida | 94.40 |
| Monto Neto transferido al Trabajador | 905.60 |
8.4 La Liberación de Pago del Monto Neto requiere: (i) confirmación de conformidad del Servicio por el Consumidor; y (ii) que el Trabajador Independiente haya emitido el Comprobante de Pago Válido a favor del Consumidor.
8.5 El plazo de Liberación de Pago es de setenta y dos (72) horas contadas desde el último de los eventos señalados.
Sección 9. Comprobantes de pago
9.1 El Trabajador Independiente emite el Comprobante de Pago Válido directamente a favor del Consumidor, según su régimen tributario declarado.
| Tipo de Trabajador | Régimen | Comprobante al Consumidor |
|---|---|---|
| Persona natural sin negocio | Cuarta categoría | Recibo por Honorarios Electrónico |
| Persona natural | Nuevo RUS | Boleta de Venta Electrónica |
| Persona natural con negocio | RER, MYPE o General | Boleta de Venta o Factura Electrónica |
| Persona jurídica | RUC 20 | Boleta de Venta o Factura Electrónica |
9.2 LA PLATAFORMA emite al Trabajador Independiente una boleta de venta o factura electrónica por su Comisión Bruta, según el régimen tributario de este último.
Sección 10. Detracciones
10.1 Los Recibos por Honorarios por servicios de cuarta categoría no están sujetos al Sistema de Detracciones.
10.2 Los servicios de tercera categoría (boletas o facturas) están sujetos al Sistema de Detracciones cuando se encuentren en el Anexo 3 del SPOT y el monto de la operación supere S/ 700.00.
10.3 Cuando el Consumidor final sea persona natural sin RUC y el Servicio esté sujeto a detracción, el Trabajador Independiente deberá realizar la autodetracción en el Banco de la Nación.
10.4 La Comisión de LA PLATAFORMA, al ser menor a S/ 700.00, no genera detracción.
Sección 11. Retención de cuarta categoría
11.1 La retención del Impuesto a la Renta de cuarta categoría aplica cuando el Recibo por Honorarios supera S/ 1,500.00.
11.2 Si el Consumidor es persona natural sin RUC: no tiene la condición legal de agente de retención.
11.3 Si el Consumidor es empresa: la empresa consumidora retiene el 8% al momento de pagar.
11.4 LA PLATAFORMA no retiene. No es usuaria directa del Servicio.
Sección 12. Prohibición de pago fuera de la Plataforma
12.1 Queda prohibido que el Trabajador Independiente y el Consumidor concierten el pago del Servicio fuera de la Plataforma, con el fin de evadir el cobro de la Comisión.
12.2 El incumplimiento constituye infracción grave y faculta a LA PLATAFORMA a suspender o terminar la relación.
Sección 13. Duración, suspensión y terminación
13.1 Los presentes Términos tienen vigencia indeterminada desde la aceptación electrónica del Trabajador Independiente.
13.2 Cualquiera de las Partes puede terminar la relación en cualquier momento y sin expresión de causa.
13.3 LA PLATAFORMA puede suspender o cancelar la cuenta ante incumplimiento grave, conductas fraudulentas, elusión de la Comisión, información falsa o manipulación del sistema.
Sección 14. Aceptación electrónica
14.1 Conforme a la Ley N.° 27291, el Trabajador Independiente puede prestar su consentimiento a estos Términos a través de medios electrónicos, con el mismo valor legal que la manifestación por escrito.
14.2 El Trabajador Independiente acepta mediante un mecanismo "clickwrap": visualización íntegra de los Términos, y marcación activa de una casilla no premarcada.
14.3 Inmediatamente después, ServiPlace envía un código OTP al correo electrónico registrado, cuyo ingreso correcto perfecciona la aceptación.
14.4 LA PLATAFORMA registra: fecha y hora, dirección IP, dispositivo, user agent, versión del documento, hash SHA-256, y constancia de verificación del OTP.
14.5 Perfeccionada la aceptación, LA PLATAFORMA remite al correo electrónico del Trabajador Independiente un archivo en formato PDF con el texto íntegro de los Términos aceptados.
En señal de conformidad, el Trabajador Independiente presta su aceptación electrónica a los presentes Términos y Condiciones, incluyendo el mandato sin representación de la Sección 3, conforme al mecanismo descrito en la Sección 14.
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